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TEEP resolvió dos Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía. 

Escrito por Staff

En sesión pública que fue transmitida por la red social de YouTube el día de hoy, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla resolvió los asuntos que a continuación se describen: 

TEEP-JDC-066/2023 

Promovido por un ciudadano, en contra de la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, dentro del expediente CJ/REC/004/2023, emitida el catorce de julio del año en curso, a fin de controvertir el acuerdo de Comisión Permanente Nacional, al considerar que se están violando sus derechos político-electorales. 

En el estudio del asunto se propuso sobreseer el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, al actualizarse la causal prevista en el artículo 372 fracción I del Código Local, en virtud de que, el actor presentó escrito de desistimiento del medio de impugnación intentado. 

En consecuencia, respecto del Juicio Para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía 66/2023, se resolvió: 

Se sobresee el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía, en términos de lo argumentado en el apartado 3 de la sentencia. 

TEEP-JDC-041/2023 

Promovido por tres regidoras del Ayuntamiento de Tianguismanalco, Puebla, para controvertir diversos actos y omisiones atribuidos al Presidente Municipal y otros servidores públicos de dicho Ayuntamiento, respectivamente. 

Del análisis de las constancias que obran en autos del expediente fue posible advertir que en efecto la autoridad responsable, sin que exista justificación alguna, realizó un pago desproporcional a las promoventes durante el ejercicio de su cargo, además de que, por una parte, no han emitido contestación a algunas solicitudes y, por otro lado, algunos escritos de las actoras, a partir de su contenido, no fueron respondidos correctamente por la responsable. 

De ahí que, se propuso al pleno de este Tribunal declarar como FUNDADO y PARCIALMENTE FUNDADO los agravios hechos valer por las promoventes, para los efectos que en el proyecto se señalan. 

En consecuencia, respecto del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía 41/2023, se resolvió: 

Se declararon FUNDADO y PARCIALMENTE FUNDADO los agravios estudiados en la presente sentencia, en términos de lo expuesto en los considerandos QUINTO y SEXTO de este fallo, así también, se ORDENÓ a la autoridad responsable dé cumplimiento a la presente ejecutoria, atendiendo al contenido del considerando SEXTO de esta resolución. 

El presente documento es únicamente con fines de divulgación.  

Las anteriores resoluciones pueden ser consultadas de manera íntegra en la página del tribunal: https://teep.org.mx/comunicados  

La Sesión Pública por videoconferencia en #YouTube: 

https://www.youtube.com/watch?v=ckA3Gnn2xPI 

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